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    Plan de previsión asegurado

    Son un nuevo producto de ahorro enfocado hacia la jubilación. Se trata de un seguro de vida ahorro sin liquidez, con rentabilidades asegurada y con idénticas ventajas fiscales que los planes de pensiones individuales. Estos productos han sido regulados con la reforma del IRPF, que entró en vigor el uno de enero de 2003.
    La gran diferencia entre los PPA y los planes de pensiones radica en su carácter de seguro. Esto obliga a garantizar un tipo de interés mínimo hasta el vencimiento de la operación: según la Dirección General de Seguros, el máximo actualmente des del 2.89%. Pero pueden garantizar tipos superiores al mínimo en plazos inferiores, siempre que demuestren que tienen inversiones que respaldan esta rentabilidad. Los PPA deben utilizar técnicas actuariales (técnicas para determinar las condiciones de los planes en función de la situación del asegurado). El contribuyente debe ser el tomador, el asegurado y el beneficiario de la póliza (es decir, la misma persona contrata el seguro, es objeto de las coberturas y recibe las prestaciones). Pueden generar prestaciones de viudedad u orfandad por fallecimiento.
    Las aportaciones a los planes de previsión asegurados se pueden reducir de la base imponible del IRPF, hasta un límite de 8.000 euros. Este límite se puede aumentar en 1.250 euros por cada año de edad para el asegurado que exceda de 52, con un tope máximo de 24.250 euros para asegurados de 65 años o más. Estos límites se refieren siempre a la suma de las aportaciones a planes de pensiones, mutualidades de previsión social y planes de previsión asegurados.
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