Los depósitos suelen ser una de las opciones favoritas para inversores que quieran obtener algo de rentabilidad por sus ahorros. Se trata de un acuerdo con una entidad bancaria, por el cual se hace cargo de nuestro dinero durante un tiempo, a cambio de una rentabilidad pactada. Aunque se trata de una de las formas más seguras de invertir, la rentabilidad que se obtiene normalmente es baja, ya que no se aprovecha el interés compuesto.
Por su parte, las cuentas corrientes son las cuentas que casi todos los contribuyentes utilizan para tener a mano el dinero que ingresan y gastan en su día a día. A cambio de depositar su dinero en ellas, las entidades bancarias ofrecerán intereses (normalmente muy pequeños), los cuales deberán incluirse en la declaración de la Renta.
Los depósitos y las cuentas de ahorro tributan en la Declaración de la Renta, por lo que habrá que pagar impuestos al calcular el IRPF. Los rendimientos que se obtengan por estos productos se enmarcan dentro de la categoría de rentas del ahorro y, concretamente, de los rendimientos de capital inmobiliario.
La fiscalidad de los depósitos y las cuentas de ahorro afecta solamente a las ganancias que el inversor obtenga, no al total invertido. A esa cantidad se le aplicará la tributación correspondiente: del 19% para ganancias de hasta 6.000 euros, del 21% entre 6.000 y 50.000 euros, y del 23% para cantidades que superen los 50.000 euros. Cabe destacar que el 19% se aplicará para los primeros 6.000 euros ganados, y así sucesivamente. Es decir, si se han obtenido en total 12.000 euros de ganancias, los primeros 6.000 tributarán al 19%, mientras que el resto lo hará al 21%.
Asimismo, tanto para los depósitos como para las cuentas de ahorro se ha establecido una retención del 19% a cuenta del IRPF.
También cabe tener en cuenta un detalle respecto a las cuentas corrientes: los regalos que las entidades bancarias hacen a sus clientes por abrir una cuenta, domiciliar una nómina u otras operaciones también tributan en la Declaración de la Renta. En este tipo de casos, se realiza una valoración del premio, sobre la cual se realiza la retención correspondiente.