No deja de ser curioso que se hable del oro como alternativa de inversión tan sólo en momentos convulsos, algo a lo que parece condenado ya que, lejos de tener tan solo retornos positivos cuando las circunstancias son adversas, lo hace también en épocas de bonanza económica. Lo anterior queda demostrado con el hecho de que se trata del activo con mayor revalorización de los últimos 20 años, superando incluso al S&P 500, índice bursátil de referencia, considerando los dividendos pagados por las compañías a lo largo de esos 20 años, tal y como se aprecia en el siguiente gráfico.
Ahora bien, la inversión en oro puede implementarse de diferentes formas. Así, podremos hacerlo a través de ETFs o fondos cotizados, a través de productos derivados que tienen como subyacente dicho oro, o invirtiendo directamente en oro físico.
En este artículo nos limitaremos a explicar los principios básicos de la inversión en oro físico ya que las otras dos alternativas no dejan de ser productos financieros y, por tanto, llevan asociado riesgo de contraparte con la entidad con la que contratamos dicho producto. Adicionalmente, los ETFs que invierten en metales preciosos, que eran el producto elegido por defecto por los banqueros cuando uno de sus clientes quería invertir en ese tipo de activo, tienen ahora la dificultad añadida de que, al no cumplir los requisitos de diversificación exigidos por la normativa UCIT, quedan regulados por el reglamento PRIIPs (referido a los productos minoristas empaquetados y los productos de inversión basados en seguros). Según este reglamento, sólo pueden ser comercializados en territorio español aquellos ETF cuyo KID esté traducido al español u otra lengua co-oficial, y el problema es que los KID de los ETFs que invierten en metales preciosos no están traducidos en prácticamente ningún caso. Es decir, los bancos españoles tienen muy complicado ofrecer ya este tipo de ETFs a sus clientes. Únicamente en el caso de que se compre a través de un bróker no europeo,podría llevarse a cabo, con la dificultad que eso conlleva para el inversor minorista, al no tratarse de entidades bancarias.
Así pues, los principios básicos que deberemos seguir para invertir en oro físico son los siguientes:
1. La inversión en oro físico debe hacerse a través del llamado Oro de Inversión, que no es sino el oro que alcanza el nivel mínimo de pureza exigido por la normativa de un país determinado ya sea medido en milésimas, en porcentaje o en quilates.
En la UE, los requisitos para que el oro sea considerado como oro de inversión son diferentes según se trate de lingotes o monedas. Así, en el caso de los lingotes, su pureza debe ser igual o superior a 995 milésimas y su peso debe ajustarse a lo dispuesto en el anexo noveno de la ley 32/1922 del Impuesto sobre el Valor Añadido, mientras que en el caso de las monedas su pureza debe ser superior a 900 milésimas, deben de estar acuñadas después del año 1800, deben ser o haber sido monedas de curso legal y deben ser comercializadas por un precio no superior al 80% del valor de mercado del oro contenido en ellas. Este último requisito, persigue excluir de este régimen a las monedas de gran rareza o con elevado valor numismático.
2. El oro de inversión está sometido a un régimen fiscal especial en toda la UE que le exime del pago del IVA en todas las operaciones de compraventa que se realicen.
En lo que se refiere a IRPF, cualquier venta de oro físico debe ser incluida en la Declaración de la Renta y se tributará en función de las plusvalías o minusvalías generadas por la operación como ganancia o pérdida patrimonial según la base imponible del ahorro, es decir, tributa exactamente igual que una acción, un fondo o un ETF.
3. ¿Qué precio hay que pagar a la hora de comprar oro físico?
Es una de las grandes dudas que tienen los inversores a la hora de comprar por primera vez, lo que es normal debido a la gran cantidad de precios existentes. Esta variedad de precios, en muchas ocasiones, deriva en desconfianza y en sensación de ser un mercado poco transparente, lo que echa para atrás a muchos inversores.
Cuando se habla de precio del oro, podemos hablar del precio LBMA, el precio spot internacional, el precio de venta del oro físico o, incluso, de los diferentes precios que existen en determinados mercados relevantes, como puede ser el chino o el indio.
El precio de referencia del que hay que partir es el precio LBMA, que es el precio fijado por de la Asociación de Metales Preciosos de Londres - principal asociación internacional de comercio del oro -, en dos subastas que se celebran diariamente. La participación en esta subasta está limitada a los miembros de esta Asociación y el volumen mínimo de las operaciones se eleva a €5 millones.
El precio spot internacional varía las 24 horas del día en función de la ley de la oferta y la demanda a nivel global. En la práctica, está muy influenciado por los precios que se fijan en las subastas de la LBMA y, en menor medida, por la evolución de noticias que vayan saliendo entre subasta y subasta.
Finalmente, el precio del oro físico es el precio de venta del oro una vez transformado en lingotes o monedas. Es importante hacer esta puntualización porque los inversores suelen tomar como referencia el precio LBMA o el precio spot y piensan que este es el precio que se les debe cargar a ellos a la hora de comprar. No es así y la razón es muy sencilla. Tanto el precio spot como el LBMA son precios en bruto o en origen, es decir, a ese precio hay que sumarle el coste de la extracción, fabricación, distribución, entrega y comercialización del oro.
El precio de referencia para la compra de oro físico no debe ser en ningún caso, por tanto, el que se fija por la LBMA ni el precio spot. El precio de venta del oro físico siempre será superior a estos dos precios.
A la diferencia entre el precio de venta y el precio spot o el precio LBMA se le llama prima y puede variar significativamente en función del volumen de compra, de si se compran monedas o lingotes y, en este último caso, también del tamaño de dichos lingotes. La prima respecto al precio spot o de mercado, sólo por estas razones, puede variar de un 2% a un 9%. Adicionalmente, en el caso de que se compren lingotes y se decida almacenarlos en una caja de seguridad, habrá una prima adicional si dichos lingotes se asignan a un comprador concreto. Esto es algo muy relevante que explicaremos más adelante.
4. Invertir con seguridad. Uno de los mayores temores de los inversores a la hora de invertir en oro físico es el ser engañados, algo natural al no tratarse de un mercado tan regulado como lo puede ser, por ejemplo, el mercado bursátil.
La primera regla que hay que cumplir en este caso es adquirir siempre oro procedente de refinerías de prestigio. Esto es algo sencillo de lograr si se adquiere sólo oro de refinerías recomendadas por la LBMA, que garantiza que cumplen los estándares de calidad exigidos por esta Asociación.
La segunda regla es comprar oro a través de distribuidores de reconocido prestigio o tiendas especializadas y evitar comprarlo en foros de internet, páginas web de segunda mano, incluidas las de reconocido prestigio. En este tipo de páginas seguramente podremos ahorrar algo de coste o de prima a la hora de adquirirlo, sin embargo, el riesgo que asumimos de ser engañados es muy superior. En caso de elegir esta opción es fundamental exigir al vendedor la factura de compra original.
Entre los distribuidores más conocidos de oro en España se encuentran:
Auvesta: Compañía alemana con más de 35 años de antigüedad y presente en más de 80 países, entre otros, España. Destaca por tener el equipo de vendedores más extenso en España y una plataforma web equiparable a la de cualquier banco.
Degussa: Empresa también alemana y con implantación física en Madrid desde 2015.
Inversoro: Versión española de tienda online más importante de Reino Unido.
CoinInvest: También de procedencia alemana. Tienda online especializada en metales preciosos y miembro asociado de la LBMA.
Finalmente, es importante comprobar que el oro lleve incorporado las certificaciones correspondientes.
En lo que se refiere a lingotes, es obligatorio que figure su pureza y el sello del certificador. Igualmente, es común que lleve marcas con el nombre del fabricante, una alusión al nombre del metal y su peso. Finalmente, en el caso de tratarse de lingotes “Good delivery” (lingotes institucionales de mayor peso) ha de figurar el número de serie de dicho lingote.
En el caso de monedas, se debe consultar el listado de emisiones de la institución que acuña la moneda y la marca de dicha institución, que figurará en la moneda.
5. Almacenamiento. Una vez adquirido, es muy importante dónde decidimos almacenarlo. Existen diferentes opciones:
Almacenamiento en el domicilio del inversor. Aun existiendo inversores que prefieren tener el oro en su propio domicilio, es desaconsejable. Es incomparable la seguridad que puede ofrecer nuestro domicilio respecto de las cajas acorazadas especializadas existentes al efecto. Si, al margen de las desventajas, alguien insiste en optar por esta opción es necesario que se haga una póliza de seguro que cubra el mismo para evitar contratiempos.
Almacenarlo en las cajas acorazadas de empresas especializadas. Las propias empresas comercializadoras de oro suelen tener acuerdos con las mayores empresas del mundo para depositar los metales preciosos de sus clientes. Es la mejor opción existente, ya que suelen llevar aparejado un contrato de seguro que cubre la integridad del depósito del cliente, no sólo en la caja sino también en el traslado a domicilio en caso de ser solicitado por el inversor. Tienen un coste de depósito, pero suele ser similar al que puede tener cualquier otro activo como las acciones o incluso fondos.
Alquilar una caja de seguridad en un banco. Los costes de alquiler son significativamente más elevados que la anterior opción y no queda claro si el inversor está totalmente protegido tras la aprobación de la nueva ley de bail-in bancaria europea.
6. Oro asignado o no asignado. Una vez decidido el almacenamiento, si se opta por la opción de almacenarlo en cajas acorazadas de empresas especializadas hay que decidir si se quiere que el oro sea asignado a un comprador concreto o no asignado.
El oro asignado es aquel cuyo comprador está perfectamente identificado, mientras que el no asignado es el que no tiene una asignación explícita. La diferencia entre ambos es sustancial, tanto en el precio del almacenamiento como en quien detenta la propiedad jurídica de dicho oro. El oro asignado conlleva un sobrecoste respecto al no asignado, pero por una razón evidente. En el caso del oro asignado, el que compra el oro es único propietario desde el punto de vista jurídico de dicho oro y nadie puede tocarlo salvo orden expresa suya. En cambio, si se trata de oro no asignado en realidad el inversor no es propietario de ninguna pieza de oro en particular, sino que el custodio tiene una deuda de oro con el cliente. Esta segunda opción es, en cierta medida, similar a ingresar dinero en una cuenta bancaria. No suele ocurrir, pero en caso de problemas financieros por parte de la entidad en la que se deposita el oro el cliente podría verse afectado. Esto no ocurre en el caso de optar por el oro asignado al estar perfectamente identificado.
Los clientes suelen hacer comparaciones entre comercializadores de oro y no se explican en muchas ocasiones la diferencia entre los precios de compra que ofrecen unos y otros. La diferencia está, en la mayor parte de los casos, en lo que acabamos de mencionar. Todo tiene una razón. Es importantísimo atender a lo que nos ofrece cada comercializador para poder comparar los precios de unos y otros porque en muchas ocasiones lo barato finalmente acaba saliendo caro…
Así, hay entidades como Auvesta que, todo incluido, suelen cobrar una comisión de alrededor del 10% en el momento de la compra respecto al precio spot o LBMA del oro (0% en el momento de la venta). Este 10% podría parecer algo elevado respecto a otros competidores de inicio. Sin embargo, en el caso de Auvesta todos sus clientes tienen el oro asignado, de forma que son los únicos titulares jurídicos del depósito que detentan, cosa que no ocurre en otros competidores. Al margen de lo anterior, Auvesta es el único comercializador que a la hora de la venta se compromete a comprar el oro al precio LBMA, es decir, sin comisiones.
En resumen, el oro físico es la mejor manera y la más sencilla de invertir en este tipo de metal. Ha de tener unos estándares de calidad mínimos para que se le pueda aplicar el régimen fiscal especial vigente en Europa. Es más eficiente, y sobre todo se puede dormir más tranquilo, si decidimos almacenar dicho oro en compañías de seguridad especializadas. Finalmente, es clave que el oro esté asignado a cada comprador en concreto ya que es la única forma en la que el inversor se convierte propietario de ese oro y, por tanto, no queda sujeto a riesgo de contraparte. Incluso comprando oro físico a través de un comercializador de prestigio, si ese oro no está asignado, no seremos propietarios de nada. Simplemente, el custodio tendrá una deuda de oro con nosotros.
Finalmente, sólo pueden compararse los precios ofrecidos por una u otra compañía si estamos hablando del mismo servicio. En muchas ocasiones lo que creemos que es bueno, bonito y barato luego no resulta ser tan aparente como creíamos y por ahorrarnos dos duros nos complicamos la vida innecesariamente.
Puede solicitar fácilmente información gratuita sobre como comprar Oro a través de Auvesta.