Por supuesto, no es cuestión de volverse locos ni de echarse las manos a la cabeza ante la posible llegada del fin de las pensiones públicas. Sin embargo, expertos del sector afirman que lo más recomendable es comenzar con este tipo de ahorro lo antes posible para que el esfuerzo que se realice no sea demasiado durante los años más cercanos a la jubilación.
A pesar del ‘cuanto antes mejor’, lo cierto es que el titular de un plan de pensiones debe de ser una persona mayor de edad. Esto último implica que un menor no puede poseer uno hasta los 18 años.
No obstante, las ventajas por comenzar a ahorrar a esta edad son múltiples ya que cuánto más lejos se encuentre el horizonte de jubilación, se tendrá más tiempo para asumir más riesgos y por lo tanto, se tendrá la posibilidad de obtener más rentabilidades.
Por la misma razón, también se podrá ser más flexibles con las aportaciones dependiendo del mes o del momento en el que se encuentre y de esa forma, beneficiarse al máximo de las ventajas fiscales.
Perfil del inversor y riesgo que se desea asumir
No obstante, En cualquier entidad ponen a disposición una amplia oferta de planes de pensiones dependiendo del perfil del inversor y qué estén dispuestos a asumir.
En el caso de que los padres cuenten con un plan de pensiones, se puede especificar como beneficiarios del plan de pensiones a los hijos en caso de fallecimiento o en su defecto designarlo en el testamento.
Plan de pensiones en herencia
Otra de las opciones es aportar de forma consciente a un plan de pensiones para dejar en herencia a los hijos, una vez ya se esté jubilado. Gracias a esto, tal y como explican desde BBVA, supone una forma de beneficiarse de las desgravaciones durante muchos años, lo que hará más sencillo ahorrar el capital que quiera dejarse.
En el momento del fallecimiento, los hijos no deberán declarar el plan de pensiones en el impuesto de sucesiones, sino en su declaración de la renta en el momento en el que reciban las prestaciones.