El Real Decreto-Ley 8/2010, que supone la rebaja del sueldo de los funcionarios en un 5%, con carácter general, y el recorte o congelación de las pensiones, lleva también otra medida tributaria como es la supresión de la deducción por nacimiento o adopción de hijos y la correspondiente prestación de la Seguridad Social, el denominado “cheque bebé”, por importe de 2.500 euros, que queda abolido.
Asimismo, conviene recordar que se está tramitando en las Cortes el Proyecto de Ley de Economía Sostenible, que incluye asimismo determinadas medidas fiscales, entre las que podemos destacar, por el impacto que va a tener en la mayor parte de contribuyentes, la reducción o limitación de la deducción por inversión en vivienda habitual. Con efectos desde el 1 de enero de 2011, se modifica la deducción por inversión en vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que sólo será aplicable a los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. Además, la base máxima de deducción se limita enormemente, de forma que sólo tendrán derecho a aplicar la base actual (9.015 euros) aquellos contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 17.107,20 euros anuales. Cuando la base imponible del contribuyente sea superior a 17.107,20 euros y hasta 24.107,20, la base máxima de deducción ya no será 9.015 euros (9.040 en el proyecto de ley), sino que se irá reduciendo progresivamente, siendo prácticamente igual a cero cuando se aproxime a 24.107,20 euros. Todo ello, y teniendo en cuenta los precios de las viviendas y la necesidad de sueldos superiores a 17.107,20 euros para adquirir una casa en propiedad, hace que en la práctica esta deducción quede suprimida o con carácter prácticamente testimonial.
Junto a todo ello, tenemos encima de la mesa en estos días la posible creación de un nuevo tributo que grave “a los que más tienen” en palabras del presidente del gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, si bien no está muy claro como se va a desarrollar esta nueva exacción, si va a consistir en un impuesto totalmente nuevo, si se va a recuperar el ahora “dormido” Impuesto sobre el Patrimonio o si va a afectar al IRPF. Parece que la idea es copiar una iniciativa francesa, país en el que se ha establecido un “impuesto sobre las grandes fortunas”. Aunque en realidad, en el caso español, aún no se sabe a quién afectará en concreto o cuál será la cuantía del nuevo gravamen o la figura impositiva que se empleará, aunque si se ha dejado claro, de cara a la galería, que supondrá un aumento impositivo para los ricos. En España se cuentan aproximadamente 90.000 personas con un patrimonio neto superior a un millón de euros y más de 265.000 personas que declaran unas rentas en el IRPF superiores a 96.000 euros anuales. Alguna propuesta de los Técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda parece abogar por recuperar el Impuesto sobre el Patrimonio, a la vez que se eleva la presión fiscal en el IRPF para los tramos más elevados de renta, combinando por tanto ambos tributos.
Todo ello no hace más que poner de relieve la inevitable y gran subida de la presión fiscal global que afectará a nuestra economía. Quiere el gobierno alegar en esta subida que no afectará a la inmensa mayoría de los impuestos ni a las clases medias, utilizando como eje de este argumento el nuevo gravamen sobre los que más tienen, como un gesto para demostrar que la crisis no la pagan en exclusiva como siempre, los más débiles. No se busca con esta nueva medida, por tanto, un incremento importante de la recaudación, sino un gesto que haga más digerible el sacrificio que ahora se exige a funcionarios y pensionistas y que lleva soportando el resto de la sociedad desde el principio de la crisis.
Sin embargo, la reducción del déficit del Estado tiene dos vías de actuación: la reducción del gasto público y el incremento de la recaudación. Y para incrementar la recaudación es necesario aumentar la presión fiscal sobre las clases medias, aunque quieren dejar claro que se busca sobre todo aumentar la presión fiscal de los que más tienen, por lo que, en la práctica, el aumento de la presión fiscal acabará afectando a todos, y por supuesto, a las clases medias. Muestra de ello son las medidas fiscales que hemos enumerado: aumento del IVA, supresión de la deducción de los 400 euros por rendimientos del trabajo, eliminación del “cheque bebé”, o la “supresión” de la deducción por vivienda. Y ello queda confirmado cuando, preguntado el presidente del gobierno sobre qué entiende él por clase media, contestó, sonriendo, que “todo el mundo entiende lo que significa ese concepto. Va a quedar muy claro cuando el Gobierno comunique cuál es el esfuerzo que va a pedir a los que más tienen”. Así, el incremento de la presión fiscal de los que tributan en el IRPF al tipo máximo (43% a partir de 53.407 euros anuales), afectaría a muchas rentas medio altas.
La cuestión es si la disminución del déficit público que exige nuestra economía, déficit debido en parte a la recesión general, y del sector inmobiliario en particular, y debida también al intervencionismo económico y social y a medidas populistas del gobierno (calificamos así a la concesión del llamado “cheque-bebé”, al regalo electoral de los 400 euros en el IRPF, al plan de inversión local para los ayuntamientos, a los estímulos fiscales para las grandes empresas del automóvil con el plan E, o a los nuevos subsidios para parados de larga duración), puede conseguirse eficientemente con las medidas adoptadas y propuestas ahora por el gobierno.
De la lectura de todas las medidas enumeradas, tanto de reducción de gasto público como de incremento fiscal, se deduce que las mismas no parecen lo más acertado, tanto desde el punto de vista del importe necesario para cubrirlo, como de los colectivos que van realmente a soportarlas. En 2009 se produjo un déficit de cerca de 100.000 millones de euros, a lo que hay que sumar el déficit previsto para 2010, con lo que las medidas anunciadas apenas cubrirán un 20% del mismo. Asimismo, las medidas fiscales previstas afectarán con más intensidad a las clases medias, teniendo en cuenta además, que las grandes fortunas escapan habitualmente a la tributación progresiva de los principales impuestos mediante el uso de ciertas instituciones y regímenes especiales que les permiten reducir la tributación al mínimo.
Queda claro que podrían adoptarse otras medidas fiscales más justas, equilibradas y eficientes:
En el IRPF hay margen para subir la progresividad del impuesto para las rentas más altas. En primer lugar, elevando la tributación de las rentas del ahorro (ahora gravadas al 19% hasta 6.000 euros y al 21% a partir de ese importe, en un modelo establecido por el propio gobierno a partir del año 2007), que son las que gravan los rendimientos del capital por intereses de cuentas, depósitos, dividendos de sociedades, seguros, plusvalías por venta de acciones, etc. En segundo lugar, incrementando la tributación del último tramo del IRPF, estableciendo un nuevo tramo gravado a un porcentaje superior al 43% para rentas anuales elevadas, por ejemplo, superiores a 100.000 euros.
En el Impuesto sobre Sociedades pueden adoptarse igualmente medidas lógicas. En este sentido citamos la modificación de la tributación de las SICAV (sociedades de inversión de capital variable), que pertenecen a grandes fortunas y que tributan a un tipo del 1% en este impuesto cuando el tipo general es del 30%. O bien, incrementando la progresividad de este impuesto mediante el establecimiento de un tipo más elevado, en torno al 35%, para los beneficios obtenidos por grandes empresas que superen un determinado límite. O bien, con la supresión definitiva de todas las deducciones establecidas en este impuesto, que en la práctica, debido a su complejidad, sólo son capaces de aplicar las grandes empresas y entidades con grandes beneficios que minimizan así la tributación por este impuesto y que cuentan con importantes equipos de abogados y asesores para defenderlas.
Y una medida que iría dirigida directamente contra las grandes fortunas: la utilización del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para gravar los bienes de los ricos y de más valor. Así, podría establecerse un gravamen progresivo en este impuesto, para valores catastrales que hayan superado determinados importes, por ejemplo, para valores catastrales superiores a 300.000 euros, el 1%; para valores entre 300.000 y 500.000 euros, el 2%; y para valores superiores a 500.000 euros, el 3%. A día de hoy, el IBI no es un impuesto progresivo, sino proporcional, y sobre el valor catastral de los inmuebles, aun con la existencia de determinados índices correctores, y sobre el valor catastral de los inmuebles, por lo que no se tiene en cuenta la verdadera capacidad económica que pone de manifiesto la titularidad de los mismos.
La adopción de medidas que supongan una disminución de la presión fiscal, tratando con ello de reactivar la actividad económica, que en definitiva repercuta en una elevación de los ingresos recaudados, sería una opción más valiente y que no es absolutamente incompatible con la adopción de las medidas anteriores que elevan la presión fiscal a los que más tienen, aunque requeriría algunas medidas contrarias a las que ya se han adoptado, como la rebaja del IVA, o la supresión de gravámenes que desincentivan la inversión y la actividad productiva, pero que en una situación de déficit, en la que se persigue aumentar los ingresos del Estado de forma urgente y directa, son difícilmente asumibles.
En cualquier caso, la adopción de estas u otras medidas que supongan la elevación de la presión fiscal pueden tener efectos negativos sobre la atracción de capitales y la inversión extranjera, pero pueden ser necesarias para equilibrar el déficit del Estado sin hacer soportar el mayor coste de las mismas a las clases medias o a los que menos tienen, y dar seguridad y confianza a los operadores económicos con medidas coherentes y en la misma dirección y no mediante medidas inconexas, aleatorias y oportunistas, que sólo generan desconfianza en un momento como el actual.