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    Subrogación

    Juan Ángel Hernández.   Editor de  de Estrategias de Inversión    
    Es el acto por el que una persona, asumiendo la deuda, sustituye jurídicamente al titular de un préstamo respecto de los derechos y obligaciones derivados del préstamo concedido, es decir se convierte en el titular del préstamo. La entidad financiera tiene que dar su consentimiento a dicho cambio.
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