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    Sociedades de Inversión de Capital Variable

    ¿Qué es una Sicav?

    Las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) son vehículos de inversión similares a las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SIMCAV) españolas. En esencia, representan una manera eficiente para que los inversores participen en los mercados financieros a través de una estructura empresarial. Al invertir en una SICAV, el inversor adquiere acciones de una sociedad por acciones que administra colectivamente la inversión en una cartera diversificada de valores mobiliarios.

    Por lo general, una SICAV se constituye en Luxemburgo y administra sus activos a través de varios subfondos. Cada subfondo constituye una cartera de valores independiente, gestionada de acuerdo con objetivos de inversión específicos. Es común que cada subfondo emita una clase de acciones independientes, lo que brinda flexibilidad tanto a la gestión como a los inversores.

    A diferencia de los fondos de inversión, donde los inversores son partícipes, en una SICAV, los inversores son accionistas. Durante el período de suscripción, los inversores pueden adquirir acciones de la SICAV, a menudo con la posibilidad de aprovechar ciertas ventajas, como la exención del pago de comisiones de suscripción. Para liquidar sus inversiones, los accionistas pueden vender sus acciones en la bolsa donde cotiza la SICAV, generalmente en el país donde está domiciliada.

    La estructura jurídica de la SICAV es preferida por muchas gestoras internacionales debido a su flexibilidad regulatoria. Esto les permite registrar la SICAV en un país y distribuir sus fondos en todo el mundo, previa autorización de los organismos reguladores locales.

    Cuando las SICAV toman la estructura de fondos, comparten características con los fondos españoles. En estos casos, los inversores son partícipes y adquieren participaciones que pueden vender en cualquier momento a la gestora. Los fondos pueden ser de diferentes tipos, como de reparto o capitalización, de renta fija, de renta variable o mixtos, ofreciendo así una amplia gama de opciones de inversión para los participantes.

    Tributación de las Sicav

    El régimen fiscal de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) presenta características específicas en el Impuesto sobre Sociedades, que se resumen de la siguiente manera:

    • La tasa impositiva aplicable es del 1%.
    • Las IIC no pueden beneficiarse de la exención para evitar la doble imposición en los dividendos y ganancias de capital de valores, ni de las deducciones previstas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades para evitar la doble imposición internacional.
    • No tienen la obligación de realizar pagos fraccionados ni presentar la declaración correspondiente por este concepto.
    • Si las retenciones e ingresos a cuenta soportados superan la cuantía de la cuota íntegra, el exceso puede ser objeto de devolución.

    Desde el punto de vista fiscal, los inversores no están obligados a pagar impuestos mientras su capital permanezca invertido en la SICAV, al igual que sucede con las inversiones en acciones o fondos de inversión. Sin embargo, al momento de retirar el dinero, se deben abonar impuestos por las ganancias obtenidas, de manera similar a una inversión en el mercado bursátil. Los tipos impositivos aplicables oscilan entre el 21% y el 27%, dependiendo de las ganancias, siguiendo la misma estructura fiscal que los fondos de inversión.

    Hay dos excepciones a esta regla. La primera es que los inversores pueden transferir su capital a otra SICAV sin incurrir en impuestos cuando la SICAV original cuenta con más de 500 accionistas. Esto significa que las SICAV que tienen una clara vocación de inversión colectiva, con un gran número de accionistas, pueden aplicar la misma exención por reinversión o transferencia que disfrutan los fondos de inversión.

    Composición de la Sicav

    Se computarán exclusivamente aquellos accionistas que sean titulares de acciones por importe igual o superior a 2.500 euros determinado de acuerdo con el valor liquidativo correspondiente a la fecha de adquisición de las acciones.

    En el caso de sociedades de inversión de capital variable por compartimentos, se computarán exclusivamente aquellos accionistas que sean titulares de acciones por importe igual o superior a 12.500 euros, determinado según el valor liquidativo correspondiente a la fecha de adquisición de las acciones.

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