Nueva Ley de vivienda
Los nuevos requisitos para que un juez empiece un desahucio
La Ley de Vivienda ha incorporado numerosas modificaciones, entre ellas, las nuevas condiciones a cumplir para que un juzgado admita una demanda de desahucio y recuperación posesoria. Según lo dispuesto en los nuevos apartados 6 y 7 del artículo 439 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción dada por la Disposición final quinta de la nueva Ley de Vivienda, los requisitos son tres.