Buenas tardes Sr Álvarez. ¿ Cómo debo declarar mis acciones del mercado americano y frances?. ¿ Cómo se declaran los dividendos de estos dos mercados?. Opero con DEGIRO que documentos debo aportar a mi declaración. Soy autónoma y el 2017 ha sido el primer año que estoy en bolsa. Muchas gracias por su respuesta.
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos, que si el importe invertido en el extranjero superó los 50.000€, deberá presentar el modelo 720, si no es así, y no tiene que presentar la declaración de patrimonio, tendrá que trasladar esos datos a su declaración de IRPF.
Los dividendos se declaran como tal en la renta. En cualquier caso, su broker le tendrá que enviar la información final consolidada detallada, además de los datos del propio broker, documentos que se utilizarán para cumplimentar su renta.
En este y en todos los casos, como son temas complejos, lo mejor es asesorarse por un profesional.
Buenos días
Buenas tardes Me estoy planteando operar con un bróker que requiere abrir cuenta en un banco de Londres ¿en qué obligaciones fiscales o legales incurriría en ese caso?, ¿tengo que entregar ese formato 720 en alguna fecha concreta, o hacer algún otro trámite periódico?, ¿depende del importe en cuenta + inversiones? Aparte de las posibles obligaciones por la cuenta en si, ¿tendría otras añadidas si compro CFDs, acciones, etc vinculados a esa cuenta? A propósito, ¿Hacienda conocerá “de oficio” todos los datos de esta cuenta (movimientos, patrimonio, operaciones de inversión, pérdidas y ganancias) como conoce en el caso de una cuenta corriente o de valores española, y por tanto constará todo en mis datos fiscales facilitados por AEAT para la declaración; o seré yo responsable de conseguir esa información y aportarla a Hacienda? Por último ¿la situación cambiará cuando UK deje de formar parte de la UE? Muchas gracias por las aclaraciones y consejos que pueda darme
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos.
El Modelo 720 tendrá que presentarlo si supera los 50.000€ de capital en algún activo. Los plazos son desde el 1/1 al 31/3 cada año, es importante respetarlos porque las declaraciones complementarias son muy gravosas.
Además tendrá que presentar su declaración de IRPF en junio.
El cuanto a la información de la que dispone la Agencia Tributaria, no es lo esencial, lo importante es que todos estamos obligados a cumplir con nuestras obligaciones como contribuyentes.
Sobre como quede después del Brexit, lo veremos, pero no creo que cambie demasiado, a estos efectos.
En este y en todos los casos, como son temas complejos, lo mejor es asesorarse por un profesional.
Buenos días
Buenos días Sr. Alvarez. En el año 2014 tuve unas pérdidas reflejadas en la casilla 27 de Rendimiento del capital mobiliario. Como en el año 2017 tuve ganancias , quisiera saber en que casilla debo poner esas pérdidas (2014), para poder compensar las actuales ganancias del 2017. Muchas Gracias.
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos.
Efectivamente podrá compensar esas pérdidas, pero hay varios factores que hay que considerar, deben de tratarse de activos similares, deben estar bien cumplimentadas en la renta de origen, etc. En resumen no es tan sencillo y recomendamos asesorarse por un profesional.
Buenos días
Buenos dias Jose Antonio, mi duda es sobre el modelo D6, acabo de abrir cuenta en Interactive Brokers y he leido algo sobre ese modelo D6 que hay que presentar obligatorio cada fin de año. El broker tiene que avisar de esto o es cuenta de cada uno en particular? Puede explicar un poco este documento?. Muchas gracias.
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos.
Los brokers suelen facilitar la confección del modelo, con lo que le recomiendo que hable con ellos para que le faciliten la información, además, como siempre, lo mejor es asesorarse por un profesional ajeno al broker. Nosotros quedamos a su disposición para ello
Un saludo.
Buenas tardes: Después de operar varias veces en un mismo valor sin respetar la regla de los dos meses, ¿se pueden compensar plusvalias con minusvalias si al final del ejercicio no tengo ningún titulo de ese valor desde hace más de dos meses?
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos que necesitamos más información para contestar su consulta, no todos los activos están regulados, por ejemplo los CFD funcionan de forma distinta a las acciones, o los inmuebles. Lo mejor, asesorarse con profesionales que le dediquen tiempo a su situación concreta.
Un saludo.
Buenos días Sr. Álvarez. Me interesa conocer como debo valorar, a efectos fiscales, las entregas gratuitas de acciones del Santander. Muchas gracias.
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos.
Hay que ver con detalle la situación concreta, el número de acciones, el momento, etc. si las ha vendido etc. En cualquier caso, no es un tema complejo que seguro que un profesional le puede resolver a un coste ajustado
Un saludo.
Buenas en la declaración de la renta tuve unas pérdidas de acciones de 800 euros y no lo pude compensar.podria reducir estas pérdidas para 2018 o 2019
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos.
En principio sí se puenden compensar, si fueron declaradas en la IRPF correspondiente y además hay que tener en cuenta el activo en el que se generaron las pérdidas y en el que se generaron las plusvalías
Lo mejor es asesorarse por un profesional.
Un saludo.
Estimado José Antonio, mi duda es acerca de como tributan los dividendos cobrados de acciones de fuera de España (del resto de la UE, UK y USA). Le agradecería que me indicase donde puedo leer sobre el tema que sea fácil de entender. Gracias por su respuesta. Un saludo.
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos.
Los dividendos tributal, partiendo de ahí, en algunos países a los inversores extranjeros les cobran un IRPF reducido, comparado con el que cobran a los nacionales, el resto hasta igualar el impuesto español, hay que tributarlo aquí. Para trasladar esta información, hay que recopilar una buena información del broker, motivo por que el que es muy importante que éste sea bueno y serio.
Información hay mucha, la mejor fuente es la Agencia Tributaria o asesorarse por un profesional.
Un saludo.
Buenos días. Tengo varias operaciones de compra y venta de acciones de Abengoa b en menos de 2 meses. La primera con una ganancia de unos 700€ y el resto con una pérdida total aproximada de 3.000€. Puedo compensar los 3000€ de pérdida con otras ganancias o en este caso sólo podría compensar 2300€?
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos.
En principio, en el cómputo general se podrá compensar los 2300 con otros activos similares, que hayan generado beneficio, habría que estudiar el caso con detalle.
Lo mejor es asesorarse por un profesional.
Un saludo.
Buenos días. ¿Me podría indicar cómo debo tributar por unas acciones de Fresenius vendidas en 2017 con pérdidas y vueltas a recomprar antes de pasados 2 meses? Estás acciones recompradas aún las tengo en cartera y espero venderlas durante el 2018. Muchas gracias por su atención.
Buenos días,
Gracias por su pregunta.
En cuanto a su consulta le comentamos.
En el IRPF decarará las pérdidas y cuando venda las nuevas se incluirá en el impuesto del año en el que se produzcan.
Lo mejor es asesorarse por un profesional.
Un saludo.
Por último, queremos desde Fiscalidad Patrimonial, agradecer el interés de todos los usuarios de Estrategias de Inversión, y por supuesto al fabuloso equipo de Ei, toda la atención. Esperando que todos tengáis éxito en vuestras inversiones, teniendo en cuenta que los impuestos bien hechos son parte del juego, aprovecho la ocasión para enviaros un cordial saludo.