Las instituciones de inversión colectiva son entidades, de diversa forma jurídica, que captan públicamente fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos. Las mismas pueden o no tener carácter financiero. Lo tendrán cuando tengan por objeto la inversión en el mercado de capitales, en cuyo caso podrán revestir dos forma:
1. Forma de sociedad anónima. Tienen los órganos sociales y se rigen por las normas de funcionamiento de las sociedades anónimas. Admiten dos modalidades, siendo característica común a ambas la obligatoriedad de cotizar en Bolsa para gozar de régimen fiscal especial:
- Sociedades de inversión mobiliaria de capital fijo (SIM). Su capital sólo puede variarse por la junta general de accionistas, mediante el correspondiente acuerdo de aumento o reducción de capital. Presentan la característica de la falta de liquidez. Si un accionista quiere liquidar total o parcialmente su inversión tiene que encontrar un comprador en el mercado. En sentido inverso, si alguien quiere comprar tiene que haber un accionista vendedor.
- Sociedades de inversión mobiliaria de capital variable (SIMCAV). Su capital se amplía o reduce sin necesidad de consentimiento de la junta general de accionistas. No se puede, por tanto, impedir la entrada de ningún inversor. La sociedad está obligada a dar liquidez a sus propias acciones, aumentando o reduciendo automáticamente su capital social.
Fuente: INVERCO
2. Forma de comunidades de bienes: fondos de inversión. A diferencia de las instituciones de inversión colectiva con forma societaria, carecen de personalidad jurídica. Son entidades de carácter abierto y plenamente líquidas, pudiendo los partícipes suscribir o reembolsar sus participaciones en cualquier momento.
La regulación actual de las instituciones de inversión colectiva se recoge en la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva de 1984, y en el Reglamento de la misma publicado en 1990. SE completa, además, con diversos decretos y con las circulares de la CNMV.
Términos asociados
Fiscalidad de instituciones de inversión colectiva
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