En términos generales, la inspección consiste en la comprobación, por parte de los Inspectores y Subinspectores de Finanzas, de la situación tributaria de los sujetos pasivos.
Las funciones que desarrolla la Inspección de Tributos consisten principalmente en:
La comprobación e investigación de hechos imponibles, que tienen por objeto verificar y, si procede, regularizar la situación tributaria del sujeto pasivo.
La obtención de información con trascendencia tributaria de terceras personas, obligadas a suministrarla por estar sujetas al deber de colaboración.
La realización de liquidaciones, que regularicen la situación tributaria derivada de la comprobación.
La valoración de bienes, rentas o patrimonios en general, de personas o entidades públicas o privadas, al objeto de la comprobación del valor declarado.
El informe y asesoramiento, en materias de carácter económico-financiero, jurídico o técnico, al Ministerio de Economía y Hacienda, en especial.
Las funciones que desarrolla la Inspección de Tributos consisten principalmente en:
La comprobación e investigación de hechos imponibles, que tienen por objeto verificar y, si procede, regularizar la situación tributaria del sujeto pasivo.
La obtención de información con trascendencia tributaria de terceras personas, obligadas a suministrarla por estar sujetas al deber de colaboración.
La realización de liquidaciones, que regularicen la situación tributaria derivada de la comprobación.
La valoración de bienes, rentas o patrimonios en general, de personas o entidades públicas o privadas, al objeto de la comprobación del valor declarado.
El informe y asesoramiento, en materias de carácter económico-financiero, jurídico o técnico, al Ministerio de Economía y Hacienda, en especial.