Es el depósito de valores mobiliarios que realiza el depositante o inversor con el fin de que sean custodiados por el depositario autorizado, así como de que cuide el cobro de los derechos económicos y comunique al depositante las incidencias que afecten al valor en sí (ampliaciones o reducciones de capital, canjes y conversiones, amortización, opas etc..). El artículo 308 del Código de Comercio se refiere a estos depósitos y obliga a los depositarios de títulos, valores, efectos o documentos que devenguen intereses, quedan obligados a realizar el cobro de éstos en las épocas de sus vencimientos, así como también a practicar cuantos actos sean necesarios para que los efectos depositados conserven el valor y los derechos que les correspondan con arreglo a las disposiciones legales.
Deposito de valores
Últimas Noticias
Ligeros avances para el Dow Jones con un ojo en Ucrania; NVIDIA lastra al NASDAQ
Cómo elegir el mejor ETF según tus objetivos financieros
Tubacex obtiene la certificación API Q1en su planta de Abu Dabi, marcando el inicio de operaciones y ventas de OCTG CRA
¿Puede Trump constituir una reserva estratégica de 1 millón de Bitcoin?
Entre OPAs anda el juego:" si BBVA abandona la oferta sobre Sabadell subirá en bolsa"