El Gobierno anuló la exención tributaria de los primeros 1.500 euros de plusvalía en acciones… ¿sobre qué tipos deberán tributar desde el 1 de enero?
A partir de 1 enero 2015 se limita la exención de los dividendos a partir de los 1.500 euros y desde el primer euro se tributa en la escala de la base del ahorro, que va del 20-22-24%, en función del importe.
Se modificó también la tributación de los derechos cotizados (por un periodo de 15 días) que emiten las compañías. ¿Cómo se debe tributar por ellos?
Respecto a los derechos de suscripción preferente, se incorporó en el proyecto la consideración de ganancia patrimonial cuando se transmitan los derechos de sociedades cotizadas pero en el último instante se dijo que este derecho como ganancia patrimonial será con efectos a 1 enero 2017. Con lo que la venta de derechos de suscripción preferente no tributa sino que minora el valor de adquisición de las acciones.
¿Creen que se ha criticado injustamente la reforma fiscal tras la rebaja de los tipos impositivos a los FI…?
Hay una valoración positiva, es que pasamos de una escala de tributación actual al 20-22-24 y en 20165 un tipo impositivo menor. La crítica es que no alcanzamos a los niveles de tributación existentes en 2009, del 18-20%.
A la hora de rescatar un fondo de inversión, ¿por qué cantidad debo tributar, por las plusvalías exclusivamente o por la totalidad de la cantidad?
Cuando se transmite una participación o fondo se debe tributar por la plusvalía menos el valor de adquisición. Sólo tributa el beneficio siempre en la base del ahorro.
¿Existe una cantidad a partir de la cual es más conveniente plantearse invertir en un fondo de inversión en lugar de en un depósito?
A priori la cantidad no debería ser relevante sino que debería serlo la cantidad que necesitemos en el futuro. Por ejemplo, un fondo de desinversión genera una rentabilidad que mientras está en el fondo no tributa mientras que un depósito el interés va tributando.
¿Cómo valoran la reforma implementada por el Gobierno sobre los planes de pensiones?
En los planes de pensiones ha habido puntos positivos y negativos. Los positivos, apertura de una ventana de liquidez para disponer de las aportaciones realizadas pasados los diez primeros años. La valoración negativa es que se han reducido las valoraciones máximas de los contribuyentes y además para los mayores de 50 años se ha reducido el límite de las rentas.
¿Cuál es el límite de aportación a un PP que queda exento a partir de 2015?
El límite será a partir de 8.000 euros anuales con el límite del 30% de la suma de los rendimientos de actividades económicas y del trabajo. Además podemos realizar una aportación a nuestro cónyuge de hasta 2.500 euros.
El Gobierno anuló la reducción del 40% aplicable al ahorro previo a 2007. ¿Qué sucederá con aquellos ahorradores que se jubilen a partir de 2015 si crearon su PP antes de 2007? ¿O a partir de 2007 en adelante?
Estamos en la típica situación de régimen transitorio sobre régimen transitorio. Alguien que se quiera jubilar en 2015 y quiera cobrar un plan de pensiones que se corresponde con aportaciones realizadas hasta 31 diciembre 2006, si esas aportaciones cobran el plane de pensiones en forma de capital todavía puede acogerse a la reducción del 40%. Lo que tiene que hacer es del importe total percibido cuáles son las aportaciones realizadas antes y después de de 2006.
Si rescato mi plan de pensiones en el décimo año ¿qué debo a pagar a Hacienda y respecto a qué está sujeto?
Si la tributación de los planes de pensiones una vez transcurridos los diez años es el mismo, tributan como rendimientos del trabajo sujetos as la bajse general del IRPF.
Planes Ahorro 5. ¿Qué ventajas fiscales presentan frente a los depósitos?
Los planes ahorro 5 permiten la exención de los rendimientos de este producto durante cinco años. Estos rendimientos no tributan en la base del ahorro siempre que desde la aportación hasta su rescate no se disponga anticipadamente de estas cuantías.
Joan Pons, Secretario de EFPA y Socio Director del despacho de asesoramiento fiscal LINKTAX