Existe un estudio de reconocido prestigio que analiza los pagos que, normativamente, debe realizar un ciudadano sobre su salario: el “Observatorio sobre el reparto de los impuestos y las prestaciones entre los hogares españoles” de FEDEA (Fundación de estudios de Economía Aplicada). 

En este estudio encontramos cuál es el tipo efectivo que abonan los trabajadores del quintil más pobre (el 20% de trabajadores con salarios más bajos y, entre ellos, por tanto, los que cobran el SMI) en el año 2021, que son los últimos datos disponibles. Hay que aclarar que no todos los trabajadores que cobran el SMI tienen por qué pagar absolutamente todos estos impuestos, sino que el estudio se refiere a medias. Esto quiere decir que habrá trabajadores que pagarán más y otros menos. Alguno de ellos puede no pagar IBI o impuestos especiales sobre el tabaco, pero podrá pagar más por hidrocarburos, por ejemplo. 

  • IVA: el tipo medio efectivo sobre la renta que pagaron los trabajadores del quintil más bajo por IVA (y también por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados: la fuente de datos que utiliza este informe no segrega ambas categorías de impuestos) fue del 12,4%.
  • Impuestos Especiales: por ejemplo, sobre hidrocarburos, tabaco, alcohol, o sobre las primas de seguros. El tipo promedio según este informe es del 1,82% sobre la renta bruta. 
  • IBI: el impuesto sobre bienes inmuebles se ubica, en promedio, en el 1,64% sobre los ingresos brutos. 
  • Seguridad Social a cargo del trabajador: las cotizaciones sociales a cargo del trabajador ascienden al 6,47% del salario. 
  • Seguridad Social a cargo del empresario: las cotizaciones empresariales que abona el empresario en nombre del trabajador ascienden al 30,48% de su salario en total. 

Así, un trabajador que cobra el SMI en el año 2024 ha de efectuar pagos al Estado por importe de 8.400 € anuales, o lo que es lo mismo, el 53% de su salario.

Pero la forma correcta de calcularlo NO es esta porque la cotización que efectúa el empresario a la Seguridad Social en nombre del trabajador constituye una remuneración que percibe este y que le es arrebatada coactivamente por el Estado. Así, la remuneración total que percibe el trabajador que cobra el SMI en España son 15.876 € más la cotización empresarial a la Seguridad Social. Es decir, que el coste laboral mínimo en España o el valor añadido mínimo que ha de generar un trabajador en España para ser empleado no es de 15.876 €, sino de 20.715 €. 

Si ponemos en relación todos los pagos coactivos que está obligado a efectuar ese trabajador al Estado: 8.412 € anuales respecto a los 20.750 € de coste laboral mínimo, el tipo efectivo no es el 53% sino del 40,6%.

Algunos datos de interés de este estudio: 

  • “El efecto redistributivo alcanzado por el sistema fiscal en 2021 es el segundo más reducido de los últimos cinco años para los que disponemos de resultados comparables (por homogeneidad en la definición de renta bruta y en las figuras impositivas consideradas), solo ligeramente por encima de 2019 y muy lejos de 2020. En consecuencia, la desigualdad de la renta disponible también aumenta entre 2020 y 2021. Los datos siguen reflejando paladinamente el papel protagonista que representa el IRPF en la corrección de las desigualdades de renta de los hogares, aunque su efecto redistributivo experimenta una destacada caída entre los dos últimos años”.
  • Las cotizaciones sociales aumentaron la desigualdad sobre la renta de los hogares de los españoles en el año 2021 (pág. 33). También lo hicieron el IVA y los impuestos especiales. 
  • Los impuestos solo contribuyen en un 4% a la reducción de la desigualdad.

Otros datos a tener en cuenta: La subida de los tipos previstos en las cotizaciones sociales y según la AIReF, una renta laboral de 10.000 € brutos pasa de un gravamen del 36,25% (3.625 €) a uno del 37,45% en concepto de cotizaciones sociales, un incremento de 120 € anuales. Una renta de 80.000 € pasará a tener un tipo marginal del 63% o, lo que es lo mismo, un incremento de gravamen de 8.800 € anuales.