- Estamos en plena campaña de la renta 2021. Para un inversor, ¿Cuáles son las principales novedades a la hora de declarar las ganancias o pérdidas derivadas de nuestra cartera de inversión?
La más importante es que se ha establecido un nuevo tipo impositivo. Antes tributábamos de un 19% a un 23% y ahora se ha establecido un nuevo tramo de forma que podemos llegar a tributar hasta el 26% por nuestras ganancias.
- ¿Están obligados todos los inversores a presentar la declaración?
Hay diferentes límites que tenemos que tener en cuenta pero es verdad que en cuanto tenemos un trabajo y obtenemos ganancias y pérdidas en la mayoría de los casos estamos obligados a presentar nuestra declaración. Es verdad que si no trabajamos y lo único que hacemos es invertir, si hubiéramos tenido ganancias por más de 1000 euros o pérdidas por más de 500 euros no estaríamos obligados a presentar la declaración. Es importante que una vez hagamos la declaración pongamos todos los ingresos obtenidos: si he obtenido rendimientos del trabajo de 24.000 euros y ganancias de 50 euros, tengo que incluir éstas aunque sean de poco importe.
- Este año en la declaración hay novedades sobre las criptomonedas, ¿cuáles son? ¿Quién está obligado a declarar? ¿Cómo declararlas?
Dos novedades. Por un lado se ha incrementado el número de avisos de la agencia tributaria a los contribuyentes. Hacienda sabe que operas en criptomonedas y envía un aviso que este año ha llegado a más de 200.000 contribuyentes. Y en segundo lugar se ha establecido una casilla específica para declarar las ganancias o pérdidas que hayamos obtenido con las criptos. Todo formar parte de la estrategia de la Agencia Tributaria para poner el foco en los criptoactivos.
- ¿Se diferencia en algo la tributación por las ganancias o pérdidas derivadas de la operativa en acciones de la de las criptomonedas?
En el caso de que hayan trabajado, aunque hayan obtenido ganancias pequeñas en la mayoría de los casos estarán obligados a presentar la declaración ya incluir ganancias y pérdidas. En general, tenemos que tributar en las criptomonedas: la venta y compra permutamos por la diferencia entre el valor de venta y compra a unos tipos que van del 19% al 26%. Además, en el mundo cripto hay otros ingresos que podemos obtener como es el caso de staking que tribuna como si hubiéramos obtenido un interés de un depósito (con tipos del 19% al 26%). En el Airdrop la tributación es más particular porque están en como “ganancias patrimoniales que no derivan de la transmisión” y eso puede llegar a tributar hasta el 50%.
- A su juicio, ¿Qué debe incluir una declaración de la renta "bien hecha"?
Para nosotros tiene que incluir todas aquellas circunstancias que reflejen la realidas y que seamos capaces de demostrar. Además, es importante que nos apliquemos las deducciones a las que tenemos derecho. Al final hemos hecho un estudio en el que tenemos determinado que perdemos 9000 millones de euros por dejarnos de aplicar deducciones autonómicas.
- ¿Cuáles son los errores más frecuentes a la hora de hacer la declaración?
En primer lugar aceptar el borrador de forma automática. Hacienda no tiene absolutamente toda la información y en caso de la gente que ha invertido con cripto únicamente nos sale el aviso de que saben que hemos operado pero no hay más información y, por tanto, tenemos que añadirlo. Además hay gente que se encuentra con ingresos duplicados en algunas CCAA que normalmente vienen de subvenciones y al aceptar el borrador estamos duplicando la cantidad de impuestos que pagamos. Y además que la gente no se aplica todas las deducciones a las que tiene derecho.
- En este sentido, ¿qué servicios ofrece TaxDown y cuál es la propuesta de valor?
Ofrecemos resolver las dudas fiscales que surjan al a hora de hacer la declaración, nos encargamos de revisar las declaraciones, las presentamos y garantizamos el máximo ahorro. Además, intentamos hacerlo todo de una forma muy sencilla. De hecho, hemos lanzado un plan full para inversores en el que solo aportando la documentación nos encargamos de todo lo relacionado con la declaración.