Lo primero es saber qué es exactamente el Impuesto sobre el Patrimonio. Según explican los analistas de Bankinter, se trata de un impuesto directo y personal que se aplica individualmente, no sobre ingresos anuales o transacciones, sino sobre el patrimonio personal de las personas físicas, y se calcula basándose en el valor de todos los bienes del sujeto pasivo. Se devenga el 31 de diciembre de cada año y afecta al patrimonio del cual sea titular el sujeto pasivo en dicha fecha. Se presenta online mediante el Modelo 714, en las mismas fechas que la Declaración de la Renta.

El Impuesto de Patrimonio está cedido a las comunidades autónomas, de manera que pueden aplicar reducciones en el mínimo exento, modificar la tarifa y aprobar deducciones y bonificaciones en la cuota del impuesto. Como es el caso de la Comunidad de Madrid, en la que existe una bonificación del 100%.

A pesar de que es autonómico, a nivel estatal hay ciertas consideraciones a tener en cuenta: Exención de 300.000 euros para la vivienda habitual del contribuyente; Mínimo exento de 700.000 euros tanto para los contribuyentes residentes como no residentes; Obligación de presentar la declaración para los sujetos pasivos cuya cuota tributaria resulte a ingresar o, no saliendo a ingresar, si el valor de los bienes y derechos supera los 2.000.000 euros; Están exentos los negocios familiares (empresariales o profesionales) y las participaciones en entidades que tengan la calificación de empresas familiares.

Teniendo en cuenta lo anterior, “lo primero que tendríamos que hacer es sumar todos nuestros bienes y derechos”, explican los expertos de Bankinter. “A este cantidad restaríamos hasta 300.000 euros de la vivienda habitual (si la cantidad es menor, se restaría el valor de la vivienda) y las deudas que tengamos. Como el mínimo exento es de 700.000, calculamos la base liquidable restando al patrimonio neto los 700.000 euros de la exención. A esta base liquidable será a la que se apliquen los distintos tipos por tramos y después se aplicarán las bonificaciones o reducciones que correspondan”.

En los casos de matrimonios en gananciales, se tendría que dividir entre dos los bienes que se tengan a medias y a ese importe se aplicarían las deducciones y mínimos. “Es decir, si se dispone de una vivienda de 400.000 euros en un régimen de gananciales, el bien que declarar por cada uno en concepto de vivienda sería de 200.000, por lo que estaría exento por no llegar a los 300.000 euros”, explica Bankinter.

Impuesto de Patrimonio 2021: Andalucía*

Mínimo exento de 700.000 euros.
Escala de gravamen de Andalucía para 2021
Deducciones y bonificaciones Andalucía: no ha ejercido competencias.
*En su reunión del día 20 de septiembre de 2022 el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha decidido suprimir totalmente el Impuesto sobre el Patrimonio en su Comunidad Autónoma. La medida tendrá efecto a partir de 2023 y será a partir de entonces cuando los contribuyentes andaluces no tendrán que pagar nada en concepto de este Impuesto. De esta forma Andalucía será, después de Madrid, la segunda Comunidad de toda España que suprime totalmente este impuesto.

Impuesto de Patrimonio 2021: Aragón

Mínimo exento de 400.000 euros.
Escala de gravamen de Aragón: Se aplica la escala estatal.
Deducciones y bonificaciones de Aragón:Bonificación del 99% para las personas con discapacidad que ostenten la titularidad de un patrimonio protegido regulado con un límite de 300.000 euros.

Impuesto de Patrimonio 2021: Asturias

Mínimo exento de 700.000 euros.
Escala de gravamen de Asturias
Deducciones y bonificaciones de Asturias: Bonificación del 99% de la parte de la cuota que corresponda a bienes y derechos que forman parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente.

Impuesto de Patrimonio 2021: Baleares

Mínimo exento: 700.000 euros.
Escala de gravamen de Islas Baleares
Deducciones y bonificaciones de Islas Baleares:Bonificación del 90% de la parte proporcional de la cuota que corresponda a la titularidad del pleno dominio de los bienes de consumo cultural a los cuales hace referencia el art. 5 de la Ley 3/2015.

Impuesto de Patrimonio 2021: Canarias

Mínimo exento: 700.000 euros.
Escala de gravamen de Canarias: Se aplica la escala estatal.
Deducciones y bonificaciones de Canarias: no ha ejercido competencias.

 
Impuesto de Patrimonio 2021: Cantabria 

Mínimo exento es de 700.000 euros.
Escala de gravamen de Cantabria 
Deducciones y bonificaciones de Cantabria: no ha ejercido competencias. Se declaran exentos los bienes y derechos de contenido económico que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente cuando se computen para la determinación de la base imponible del contribuyente.     

Impuesto de Patrimonio 2021: Castilla-La Mancha

Mínimo exento estatal: 700.000 euros.
Escala de gravamen de Castilla-La Mancha: Se aplica la escala estatal.
Deducciones y bonificaciones de Castilla-La Mancha: no ha ejercido competencias.

Impuesto de Patrimonio 2021: Castilla y León

Mínimo exento estatal: 700.000 euros.
Exención de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente con discapacidad.

Impuesto de Patrimonio 2021: Cataluña

Mínimo exento es de 500.000 euros.
Escala de gravamen de Cataluña
Deducciones y bonificaciones de Cataluña: Cataluña tiene una bonificación del 95% de la cuota que corresponda proporcionalmente a las propiedades forestales y una bonificación del 99% de la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda a bienes o derechos de contenido económico que formen parte del patrimonio protegido de contribuyentes con discapacidad.

Impuesto de Patrimonio 2021: Comunidad de Madrid

Mínimo exento: 700.000 euros.
Deducciones y bonificaciones de la Comunidad de Madrid: La Comunidad de Madrid tiene una bonificación del 100%, por lo que ningún contribuyente de este territorio tiene que pagar el impuesto (han de presentar autoliquidación los contribuyentes cuyos bienes y derechos tengan un valor que supere 2.000.000 euros).

Impuesto de Patrimonio 2021: Comunidad Valenciana

Mínimo exento de 500.000 euros. El mínimo será de 1.000.000 euros para contribuyentes con discapacidad psíquica con un grado de minusvalía igual o superior al 33% y para contribuyentes con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
Escala de gravamen Comunidad Valenciana
Bonificaciones y deducciones: no ha ejercido competencias

Impuesto de Patrimonio 2021: Extremadura

Mínimo exento es de 500.000 euros. Además, se regulan mínimos exentos para personas discapacitadas: 600.000 euros. si el grado de discapacidad está entre el 33% y el 50%; de 700.000 euros si está entre 50% y 65% y de 800.000 euros si la discapacidad supera el 65%.
Escala de gravamen de Extremadura
Deducciones y bonificaciones de Extremadura: no ha ejercido competencias

Impuesto de Patrimonio 2021: Galicia

Mínimo exento es de 700.000 euros.
Escala de gravamen de Galicia
Deducciones y bonificaciones de Galicia: Galicia tiene seis deducciones en el Impuesto sobre el Patrimonio:
Deducción por creación de nuevas empresas o ampliación de la actividad de empresas de reciente creación
Deducción por inversión en empresas agrarias.  
Deducción por la afectación de terrenos rústicos a una explotación agraria y arrendamiento rústico.
Deducción por la afectación a actividades económicas de inmuebles en centros históricos.
Deducción por la participación en los fondos propios de entidades que exploten bienes inmuebles en centros históricos.
Deducción por incorporación de bienes y derechos a los instrumentos de movilización o recuperación de las tierras agrarias de Galicia.

Impuesto de Patrimonio 2021: La Rioja 

Mínimo exento estatal: 700.000 euros.
Escala de gravamen de La Rioja
Deducciones y bonificaciones de La Rioja: Se regula una deducción del 25% por aportaciones a la constitución o ampliación de la dotación a fundaciones de La Rioja.

Impuesto de Patrimonio 2021: Navarra

Mínimo exento de 550.000 euros. Exención de la vivienda habitual hasta un máximo de 250.000 euros.
Escala de gravamen de Navarra.
Personas obligadas a presentar declaración: Sujetos pasivos cuya cuota tributaria resulte a ingresar o no resulte a ingresar, pero el valor de los bienes y derechos resulte superior a 1.000.000 de euros.

Impuesto de Patrimonio 2021: País Vasco

Mínimo exento de 800.000 euros. Exención de la vivienda habitual hasta un máximo de 400.000 euros.
Escala de gravamen del País Vasco.
Bonificaciones y deducciones: por impuestos satisfechos en extranjero se deducirá la menor de las siguientes cantidades: 
El importe efectivo de lo satisfecho en el extranjero.
El resultado de aplicar el tipo medio efectivo del impuesto a la parte de base liquidable gravada en el extranjero.

Impuesto de Patrimonio 2021: Región de Murcia 

Mínimo exento estatal: 700.000 euros.
Escala de gravamen Murcia 
Bonificaciones y deducciones: no ha ejercido competencias.