El MAB ha informado que las empresas negociadas en este mercado de BME podrán extender de forma extraordinaria hasta seis meses después del cierre contable del ejercicio la presentación de sus cuentas anuales.
El Consejo de Administración de Bolsas y Mercados Españoles ha acordado de manera excepcional y por motivo de la crisis del Covid-19, prolongar, durante el año 2020, el plazo de remisión de la información periódica anual de las entidades emisoras, cumpliendo así con el contenido del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Las entidades emisoras deberán remitir al Mercado, lo antes posible y en todo caso no más tarde de seis meses después del cierre contable del ejercicio, la información periódica anual de la Sociedad.