- la vigilancia del BCE sobre el conjunto del sistema;
- la cooperación entre el BCE y las autoridades nacionales competentes (ANC) con vistas a asegurar el buen funcionamiento del MUS;
- los principios generales para la ejecución de los procesos de supervisión que llevará a cabo el BCE;
- los procedimientos relacionados con las funciones microprudenciales y macroprudenciales del MUS;
- los acuerdos para el régimen de cooperación estrecha con los países cuya moneda no es el euro;
- las sanciones administrativas para los incumplimientos de la legislación aplicable.
El documento de consulta, que comprende el proyecto de reglamento marco y un informe explicativo, se ha publicado en el sitio web del BCE junto con una lista de preguntas y respuestas.
Asimismo, el BCE celebrará una audiencia pública sobre el documento de consulta el 19 de febrero de 2014 en su sede de Fráncfort del Meno.
El Consejo de Supervisión preparará posteriormente el reglamento marco del MUS, que se remitirá al Consejo de Gobierno para su adopción. De conformidad con lo establecido en el Reglamento por el que se establece el MUS, la redacción definitiva del reglamento marco del MUS deberá publicarse no más tarde del 4 de mayo de 2014.
N.A.