Los supuestos para poder rescatar un plan de pensiones son los siguientes: invalidez, fallecimiento, desempleo de larga duración, enfermedad grave, desahucio de la vivienda y el último supuesto que entró en vigor en 2015 es el rescate pasados diez años desde la primera aportación, un supuesto que se materializará a partir de 2025.
Este martes 31 de marzo el Gobierno aprobó en su real decreto de medidas económicas para hacer frente al coronavirus que los desempleados afectados por la crisis de la pandemia puedan retirar el ahorro de sus planes de pensiones.
El Consejo de Ministros aprobó este 31 de marzo que los trabajadores que se hayan quedado en situación de desempleo o que hayan sufrido el cese de actividad como consecuencia de la crisis del Covid-19 podrán disponer del ahorro acumulado en sus planes de pensiones.
El borrador inicial de la ley contempla que la nueva posibilidad de rescate se podrá hacer efectiva durante seis meses, por un importe que no podrá superar el salario dejado de percibir mientras se mantenga la vigencia del ERTE o los ingresos netos estimados que se hayan dejado percibir por el cese de actividad o la suspensión de apertura al público del establecimiento.
Sin embargo, los planes de pensiones se pueden rescatar de cuatro manera distintas, que conllevan también una tributación diferente:
En forma de capital: se cobran todos los fondos de una sola vez.
En forma de renta: se recibe de forma periódica un patrimonio del capital aportado. La periodicidad puede ser mensual, trimestral, semestral o anual.
En forma mixta: una parte de los fondos se rescatan en forma de capital y otra en forma de renta.
En forma de disposición: es un rescate del plan de pensiones en forma de renta vitalicia, por lo que la entidad financiera y el ahorrador llegan a un acuerdo y este último percibirá una parte del fondo hasta el final de sus días, sin que necesariamente se agote el dinero gracias a un cálculo estimado por la entidad.
Cuando se hace un rescate de un plan de pensiones, el capital se considera un rendimiento del trabajo, salvo en el último de los casos, por lo que aumentan la base imponible del IRPF y con ello los impuestos a pagar.
Los tramos actuales del IRPF son:
0 a 12.450 € = 19 %
12.451 € a 20.200 € = 24%
20.201 € a 35.200 € = 30%
35.201 € a 60.000 € = 37%
Más de 60.001 € = 45%
En el caso de que el ahorrador decida rescatar su plan de pensiones en forma de capital, es decir, el montante total de una sola vez, puede alcanzar un tramo alto de hasta el 45%, ya que al rescate del plan de pensiones se suma la base imponible de los ingresos percibidos durante ese ejercicio si los hubiera. Por lo que los expertos aconsejan que los planes de pensiones se rescaten en forma de renta para aminorar el impacto recaudatorio.